PLAII – PLANIMETRÍA – PLAN DE ATENCIÓN INTEGRAL INSTITUCIONAL.
Los procesos que se desarrollan en torno al PLAII están basados en los Tratados o Convenios Internacionales de derechos humanos ratificados por Colombia, en especial la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (CEDAW).
La Ley 1257 del 2008, las demás leyes, la jurisprudencia referente a la materia que debe servir de guía para su interpretación y aplicación, como la labor Científica y académica de Primer Respondiente en Derechos Humanos para con la Ruta de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia “P.R. DDHH RAMVV” que la organización ha construido a través del Instituto de Victimología y Derechos Humanos (Institute of Victimology and Human Rights).
En los casos de violencia intrafamiliar o violencia contra la mujer estas acciones se dan con atención especializada a las mujeres víctimas y sus hijos o miembros de la familia por separado del agresor, esta acción está dada con enfoque de Género para proteger a la mujer, priorizando siempre sus necesidades como sujeto especial de derechos; se asiste y protege a la víctima en relación con las obligaciones que señalan las Leyes Colombianas y de conformidad con lo estipulado en los Planes de Acción de las Conferencias de Viena, Cairo y Beijing, logrando así restitución de los derechos de la mujer que por el evento de victimología (criminalidad) se ve afectada en su integridad física, sexual, psicológica, y patrimonial tanto en el ámbito público como en el privado. La atención de Primer respondiente y restitución de derechos se realiza en coordinación a las herramientas que el estado debe garantizar en el servicio de Justicia, Salud, Educación, Inclusión Laboral y acompañamiento en el proyecto de vida.
A través de la atención e intervención de la Planimetría se logra frenar los ciclos de violencia de forma inmediata como también se activa la Ruta de atención para restituir los derechos de las víctimas en: Derechos Humanos y atención especializada e idónea, Salud, Justicia, Educación, Inclusión Laboral, acompañamiento y construcción de su proyecto de vida.
Aunque a través de la medida de atención de la Ley 1257 del 2008 Capitulo VI Articulo 19 literal a) y b) se cuenta con seis meses (6) a un año (1) de tiempo para asistir a la mujer victima junto con sus hijos, se debe seguir con la Restitución hasta que el proyecto de vida este en inicio y el 100 % de sus derechos estén restituidos «Sentencia de la Corte Constitucional C-776 del 2010»
DERECHOS HUMANOS
Dar asistencia como Primer Respondiente en Derechos Humanos, definiendo cuales derechos han sido vulnerados.
Dar acompañamiento para activar las Rutas a víctimas definidas por el Estado.
SALUD
Garantizar la atención interdisciplinaria en salud para la víctima y sus hijos. Restituir los derechos en salud que se han vulnerado y dar seguimiento en Psicología y Trabajo social para coadyuvar en el proyecto de vida de la víctima.
INCLUSIÓN
LABORAL
Se da capacitación a la víctima en nuevas habilidades y competencias para generar inclusión laboral
JUSTICIA
Generar la tipificación del delito y la activación del proceso penal por violencia, dando las medidas de Protección y Atención para preservar el bienestar de la víctima y su red familiar.
EDUCACIÓN
Afianzar o dar portabilidad de los servicios de educación de los hijos de la víctima, así como la inclusión en procesos que empoderen y capaciten a la víctima en pro de frenar los ciclos de violencia.
PROYECTO DE VIDA
Al llevar el 60% de la restitución de derechos de la víctima se da inicio a la construcción del proyecto de vida para garantizar cerrar el ciclo de violencia
RAMVV - Ruta de Atención a Mujeres Victimas de Violencia
Mujer Sigue los pasos o procesos en caso de violencia intrafamiliar o violencia de Género, genera prevención de las Clases de Violencia y promoción de tus derechos como víctima, con enfoque de Género.
